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Auditoria retributiva y planes de igualdad

El Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, obliga a Organizaciones con una plantilla total superior a 50 personas trabajadoras, a diseñar e implementar un plan de igualdad en un plazo que va desde 1 año, hasta 3 años, en función del total de plantilla.

Este requisito, se complementa desde el pasado 14 de octubre de 2020, momento en que se aprobaron el RD 901/2020 de Planes de Igualdad y su registro y el RD 902/2020 de Igualdad Retributiva. El objeto de esta legislación es mejorar la eficacia de las acciones en materia de igualdad de género y la clarificación de una serie de elementos que, hasta la fecha, no venían regulados.

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La legislación existente actualmente, ofrece toda la información que deberemos incluir en diagnósticos y planes de igualdad a desarrollar por las organizaciones, para asegurar su cumplimiento. También contempla el contenido de auditorias salariales, sistemas de cómputo de personas trabajadoras, plazos de negociación, criterios aplicables, etc. El conjunto de normativas existentes otorgan un marco de actuación amplio que servirá como pauta de trabajo a la hora de desarrollar el plan de igualdad y de elaborar la auditoria retributiva.

Incumplir con la legislación aplicable puede suponer sanciones económicas de hasta 187.515€ además de la limitación de acceso o a contratación pública tal como establece la Ley de Contratos del Sector Público.

Los planes de igualdad aprobados con anterioridad a la aprobación de la nueva normativa, deberán ser actualizados desde la entrada en vigor de esta norma, en un plazo máximo de 12 meses.

Desde EuQuality, nos hemos formado y tenemos experiencia en la elaboración de planes de igualdad y auditoria retributiva. Estas actividades, requieren la realización de diferentes etapas:

  • 1

    Diagnostico
  • 2

    Plan de Igualdad
  • 3

    Aplicación
  • 4

    Auditoría Retributiva